Cuando los trabajadores independientes laboren en actividades con clase de peligro I, II o III (definidas en el Decreto 1607 de 2002), le corresponde al contratista fertilizar el valía de la cotización al Sistema Militar de Riesgos Laborales; Encuentra todos los instrumentos de protección personal para que siempre realices https://angelinad580abc3.theisblog.com/profile