4. Las operaciones de mantenimiento recogidas en la tabla II serán efectuadas por personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 16 del presente Reglamento. El mantenimiento del resto de las instalaciones de protección contra incendios de las instalaciones nucleares se https://medinaempresarialsst.com/red-contra-incendios/